La Administración Nacional de la Seguridad Social ( Anses) activará, antes de fin de año, un pago de $156.000 para personas que cumplan con algunos requisitos.

En paralelo, el organismo previsional avanza con el calendario de pagos de diciembre que incluye un bono para jubilados y pensionados y la acreditación de la Tarjeta Alimentar, que en enero tendrá un aumento.

¿Quiénes cobran los $156.000 de Anses?

El pago de $156.000 está dirigido a personas que cobren la Prestación por Desempleo de Anses.

Desempleo Anses: montos

La Prestación por Desempleo de Anses representa un respaldo económico destinado a personas que se encuentran sin empleoy que previamente estaban empleados bajo relación de dependencia pero fueron despedidos sin causa justificada o por término de contrato, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contrato de Trabajo 24.013.

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El monto de diciembre es de $156.000 como máximo y la cantidad de cuotas puede ser entre 2 y 12, y se calculan según los ingresos y meses trabajados durante los últimos 3 años. En tanto, las trabajadoras y los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.

Prestación por Desempleo diciembre 2023

 

Mi Anses: últimas noticias

Desempleo Anses: requisitos

  • Para trabajadores en relación de dependencia: mínimo 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años antes del despido o finalización del contrato.
  • Para trabajadores eventuales: deben haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año antes de finalizar el trabajo.
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Cómo pedir el Fondo por Desempleo de Anses

Para pedir la prestación hay que hacer un trámite en Anses y presentar:

  • Original y copia del DNI.
  • Original y copia de la documentación que acredite el desempleo, que puede ser: – Telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada de la empleadora o empleador.
    – Despido por quiebra o concurso preventivo de la empleadora o empleador: nota del síndico/a certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama de la empleadora o empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
    – Telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por la trabajadora o trabajador.
    – No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
    – Fallecimiento de una empleadora o empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
    – Certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
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Cuándo se cobra la prestación por Desempleo en diciembre

El calendario de pago confirmado por Anses para la prestación por Desempleo es el siguiente:

  • DNI terminados en 0 y 1: 26 de diciembre.
  • DNI terminados en 2 y 3: 27 de diciembre.
  • DNI terminados en 4 y 5: 28 de diciembre.
  • DNI terminados en 6 y 7: 29 de diciembre.
  • DNI terminados en 8 y 9: 29 de diciembre.
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