En agosto, la Administración Nacional de la Seguridad Social ( Anses) ofrecerá un bono de $20.000 a un amplio grupo de personas, quienes podrán acceder a este beneficio siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos.

Esta medida, conocida como el Refuerzo de Ingresos, fue anunciada por el Gobierno con el objetivo de apoyar los ingresos de aquellos titulares que reciben pagos a través de este organismo y enfrentan el constante aumento de la inflación.

Mientras tanto, Anses continúa con la entrega de los haberes correspondientes al mes de junio, siguiendo un calendario de pago establecido según la terminación del Documento Nacional de Identidad (DNI). Este calendario incluye la Asignación Universal por Hijo (AUH), la Asignación Universal por Embarazo (AUE), jubilaciones y pensiones.

Nueva ayuda económica de Anses en agosto: chequeá si la cobrás

Se entregará el bono de $20.000 a:

  • Jubilados y pensionados
  • Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM)
  • Titulares de las Pensiones No Contributivas (PNC)
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Bono de $20.0000: los requisitos para acceder

El Refuerzo de Ingresos de  Anses no cuenta con inscripción, su pago es automático para quienes cumplan estos requisitos:

  • Cobrar una jubilación, pensión, PNC o PUAM y tener ingresos que no superen el haber mínimo jubilatorio. Este grupo recibirá el bono de $20.000 en agosto. 
  • Cobrar una jubilación o pensión con haberes que no superen dos haberes mínimos. Este bono decrecerá progresivamente hasta llegar a los $5.000.

Bonos ya confirmados de Anses en 2023

Se pagarán 3 bonos, el tercero de agosto será de $20.000:

  • $15.000 en junio.
  • $17.000 en julio.
  • $20.000 en agosto.

Fechas de cobro del bono de agosto 2023 Anses

Pensiones no contributivas: ¿cuándo cobro?

  • Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 1 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 2 de agosto de 2023. 
  • Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 3 de agosto de 2023. 
  • Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 4 de agosto de 2023. 
  • Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 7 de agosto de 2023. 
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Jubilados y pensionados con un haber mínimo agosto 2023

  • Documentos terminados en 0, a partir del día 8 de agosto de 2023. 
  • Documentos terminados en 1, a partir del día 9 de agosto de 2023. 
  • Documentos terminados en 2, a partir del día 10 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 3, a partir del día 11 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 4, a partir del día 14 de agosto de 2023. 
  • Documentos terminados en 5, a partir del día 15 de agosto de 2023. 
  • Documentos terminados en 6, a partir del día 16 de agosto de 6023. 
  • Documentos terminados en 7, a partir del día 17 de agosto de 2023. 
  • Documentos terminados en 8, a partir del día 18 de agosto de 2023. 
  • Documentos terminados en 9, a partir del día 22 de agosto de 2023.
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Jubilados que perciben más de un haber mínimo: calendario de agosto 2023

  • Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 23 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 24 de agosto de 2023. 
  • Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 25 de agosto de 2023. 
  • Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 28 de agosto de 2023. 
  • Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 29 de agosto de 2023.

Fuente: BAEnegocios

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