El Gobierno estableció un nuevo valor para el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), una actualización que también modifica el monto de referencia utilizado para determinar la garantía del 82% destinada a determinados jubilados y pensionados.
Desde septiembre, el Salario Mínimo quedó fijado en $383.800. Al aplicar el 82%, el resultado es de $314.716.
Sin embargo, este valor continúa por debajo de la jubilación mínima vigente en septiembre, que alcanza los $428.633,20. Por este motivo, el nuevo aumento del Salario Mínimo no genera un pago adicional para quienes ya perciben el haber mínimo.
Jubilados: quiénes pueden acceder a la garantía del 82%
La garantía previsional está contemplada en el artículo 125 bis de la Ley 24.241 y establece un piso equivalente al 82% del Salario Mínimo para determinados beneficiarios.
Para acceder al complemento se deben cumplir ciertas condiciones, entre ellas:
- Contar con 30 años o más de servicios con aportes efectivos.
- Ser titular de una prestación comprendida dentro de la normativa.
- No haber reunido los 30 años de aportes únicamente mediante las moratorias previsionales que se encuentran excluidas por la ley.
- Tener un haber inferior al 82% del SMVM correspondiente al período.
La garantía no representa un aumento automático para todos los jubilados. El complemento se activa únicamente cuando el haber previsional queda por debajo del piso establecido por la normativa.
Cuánto representa el 82% del Salario Mínimo
Con los valores establecidos para septiembre, la comparación entre el SMVM y la jubilación mínima queda de la siguiente manera:
- Salario Mínimo: $383.800.
- 82% del Salario Mínimo: $314.716.
- Jubilación mínima: $428.633,20.
La jubilación mínima supera en $113.917,20 al valor correspondiente al 82% del Salario Mínimo.
Por lo tanto, quienes ya perciben el haber mínimo no reciben un complemento adicional como consecuencia de esta actualización, ya que su jubilación se encuentra por encima del piso de referencia.

¿El aumento del Salario Mínimo genera una suba extra para los jubilados?
El incremento del SMVM modifica el valor utilizado para calcular la garantía del 82%, pero no implica una segunda actualización de las jubilaciones durante septiembre.
Para que un jubilado pueda recibir un complemento por este concepto, su haber debe ubicarse por debajo del 82% del Salario Mínimo y, además, debe cumplir con las condiciones previstas por la normativa.
El Salario Mínimo seguirá aumentando
La Resolución 4/2026 estableció una serie de incrementos escalonados para el Salario Mínimo, que continuarán hasta abril de 2027.
De acuerdo con el esquema previsto, el SMVM pasará de $383.800 en septiembre a $437.000 en abril de 2027.
Como consecuencia, también aumentará el valor correspondiente al 82%. En abril, ese porcentaje llegará a $358.340.
De todos modos, ese importe deberá compararse con la jubilación vigente en cada período. Solo si el haber previsional queda por debajo del piso correspondiente y se cumplen los requisitos establecidos, podrá generarse el derecho a cobrar el complemento.






