Con el aumento de febrero ya anunciado y el bono de $70 mil para aquellos jubilados y pensionados que reciben la mínima jubilación, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) aún contempla otro tipo de ayuda. Se trata de un bono que pasa los $57 mil.

Según la inflación de diciembre, se conoce que febrero traerá un aumento del 2,7%. En este marco, la jubilación mínima pasará de los $265.807 que se entregaron en enero a $273.006. Si a esta cifra se le suma el bono de $70.000 que se entrega desde el año pasado, la menor de las jubilaciones llegaría a $343.006.

Pero existe otro tipo de bono que Anses ofrece a cierto grupo de personas y que puede ser percibido en cuanto se compruebe el cumplimiento de los requisitos.

Quiénes pueden cobrar el bono de más de $57 mil

El bono en cuestión corresponde a aquellas personas que se encuentren dentro de las Asignaciones de Pago Único. Estas se otorgan en situaciones familiares excepcionales y buscan complementar los haberes mensuales del beneficiario. Su principal objetivo es ayudar a cubrir parcialmente los gastos que implican situaciones como el nacimiento o adopción de un hijo, o bien el matrimonio.

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A cada tipo de asignación de pago único le corresponde un monto determinado:

Matrimonio: $85.636

Adopción: $341.974

Nacimiento: $57.189

Cuáles son los requisitos para cobrar la Asignación de Pago único

Cada bono tiene sus particularidades pero en definitiva cualquiera de las tres remuneraciones exige ciertos requisitos indispensables. Para solicitar el acceso a este beneficio se debe cumplir con estas condiciones:

  • Ser argentino o residente en el país.
  • Estar inscripto en ANSES y cumplir con los requisitos de seguridad social.
  • Los ingresos individuales y del grupo familiar no deben superar los topes máximos vigentes al momento del nacimiento o fecha de la sentencia de adopción.
  • El nacimiento del bebé debe estar registrado oficialmente en el sistema de salud, y el trámite debe ser realizado por el titular de la asignación, ya sea madre, padre o tutor.
  • En caso de encontrarse residiendo en el exterior, solo se podrán percibir las asignaciones familiares cuando los hijos por los que reclama el cobro residan en la República Argentina. En tal caso deberá presentar en los meses de junio y noviembre certificado de domicilio de los menores por quienes percibe dicha asignación.
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Además, es importante tener en cuenta que, para el pago de este tipo de asignaciones, el plazo en el que se debe presentar la documentación es de dos años a partir de la fecha del hecho generador y a los valores vigentes a ese momento.

Cómo anotarse en las Asignaciones de Pago Único

El trámite para anotarse en una Asignación de Pago Único se puede hacer tanto de manera online a través de Atención Virtual de Anses, como de forma presencial en una de las oficinas del organismo con turno previo.

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En cualquiera de los casos, en primera instancia se deben acreditar los datos personales. Esto implica revisar que los datos personales y vínculos familiares estén actualizados en “Mi Anses”. Luego se debe reunir la documentación correspondiente, que está detallada en la página oficial de Anses.

Una vez realizado lo anterior, ya se puede ingresar en “Atención virtual” desde la página web oficial de Anses, seleccionar la opción que corresponda (pago único por matrimonio, nacimiento o adopción) y dar inicio al trámite. Si no, se puede sacar un turno para atención presencial en oficinas a través de la página web.

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