La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) implementará un sistema de acreditación automática de los controles sanitarios para las titulares de la Asignación por Embarazo para Protección Social (AUE). La medida apunta a simplificar la verificación de los requisitos médicos necesarios para liquidar la prestación mediante el intercambio de información con el Ministerio de Salud.
Según el texto original, la disposición fue establecida mediante una resolución firmada el 13 de octubre de 2026 por el director ejecutivo de Anses, Guillermo Héctor Arancibia. El procedimiento comenzaría a aplicarse a las asignaciones puestas al pago desde el 1° de noviembre de 2026.
Con este mecanismo, el organismo previsional podrá consultar los registros sanitarios oficiales para comprobar el cumplimiento de las condiciones exigidas. De esta manera, las beneficiarias no necesitarán presentar documentación presencial cuando los datos disponibles sean suficientes para acreditar los requisitos.
Cómo funcionará la acreditación automática de la AUE
El nuevo procedimiento permitirá que Anses reciba mensualmente información sanitaria del Ministerio de Salud para verificar el cumplimiento de las condicionalidades previstas para la Asignación por Embarazo.
El intercambio de datos se realizará conforme a los criterios técnicos acordados entre ambos organismos. El objetivo es agilizar la comprobación de los controles médicos y facilitar la liquidación de la prestación cuando se encuentren acreditadas las condiciones correspondientes.
Sin embargo, el sistema no elimina la posibilidad de presentar documentación. Si Anses no recibe los datos necesarios o la información resulta insuficiente, las titulares podrán entregar los comprobantes correspondientes para que el organismo evalúe su situación.
Esta alternativa también estará disponible si surge algún inconveniente o se presenta un reclamo relacionado con la acreditación de los requisitos sanitarios.
Qué pasa con el 20% retenido de la Asignación por Embarazo
La medida también se relaciona con el 20% acumulado de la Asignación por Embarazo, cuyo pago se realiza una vez finalizada la gestación, siempre que se cumplan las condiciones establecidas.
De acuerdo con el régimen de la Ley 24.714, durante el período de embarazo se abona mensualmente el 80% del monto correspondiente a la prestación, mientras que el porcentaje restante queda sujeto a las condiciones previstas para su liquidación.
Para acceder al importe retenido, es necesario acreditar la finalización del embarazo mediante la documentación correspondiente. Según cada situación, puede requerirse la partida o el certificado de nacimiento, el certificado de defunción o el certificado médico que acredite la interrupción del embarazo.
También debe comprobarse el cumplimiento de los controles médicos de seguimiento exigidos por el régimen.
Con el nuevo mecanismo, esos controles podrán verificarse a través de los datos que el Ministerio de Salud envíe a Anses. Si la información no está disponible o no permite acreditar los requisitos, la titular podrá presentar los comprobantes necesarios para que se analice el pago.
Qué deben hacer las titulares para cobrar la asignación
La implementación de la acreditación automática no significa que todos los casos se resolverán sin intervención de las beneficiarias. El procedimiento dependerá de que Anses reciba la información sanitaria necesaria y pueda verificar las condiciones correspondientes.
Cuando los registros oficiales sean suficientes, la comprobación podrá realizarse de manera automática. En cambio, si faltan datos o se detecta algún inconveniente, las titulares podrán presentar la documentación respaldatoria ante el organismo previsional.
El cambio se concentra en la forma de verificar las condicionalidades sanitarias: no elimina los controles médicos exigidos ni modifica por sí mismo los porcentajes de pago de la Asignación por Embarazo.






