Los jubilados y pensionados que perciben sus haberes a través de ANSES recibieron en agosto un aumento del 1,89%, correspondiente a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de junio informada por el Indec. La actualización se aplica de acuerdo con la fórmula de movilidad vigente, que establece ajustes mensuales según la evolución de la inflación.
El incremento alcanza a las distintas prestaciones previsionales, entre ellas las jubilaciones y pensiones contributivas, la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y las Pensiones No Contributivas (PNC).
¿Cuánto cobra un jubilado que percibe la máxima?
Con el aumento de agosto, el haber máximo del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) quedó establecido en $2.824.694, mientras que la jubilación mínima pasó a $419.817.
Los jubilados que perciben haberes superiores al mínimo comenzarán a cobrar durante la última semana de agosto. En el caso de quienes cobran la jubilación máxima, el pago se acreditará de acuerdo con la terminación del DNI.
A diferencia de los beneficiarios de menores ingresos, quienes perciben la jubilación máxima no reciben el bono extraordinario de hasta $70.000, debido a que sus haberes superan el límite establecido para acceder al refuerzo.
Bono de $70.000: quiénes pueden cobrarlo
Además del aumento por movilidad, el Gobierno mantiene durante agosto un bono extraordinario de hasta $70.000 destinado a jubilados y pensionados de menores ingresos.
Con este refuerzo, quienes perciben la jubilación mínima pueden alcanzar un ingreso total de $489.817 durante agosto.
El beneficio también contempla a titulares de la PUAM y de determinadas Pensiones No Contributivas, siempre que cumplan con las condiciones establecidas.
¿Qué pasa con quienes cobran más que la mínima?
El bono no se entrega por el mismo monto a todos los beneficiarios. Quienes tienen un haber superior a la jubilación mínima pueden recibir un complemento proporcional, cuyo valor disminuye a medida que aumenta el ingreso mensual.
El objetivo es que la suma del haber y el refuerzo no supere el tope de $489.817.
Por esta razón, los jubilados que ya perciben un monto igual o superior a ese límite no reciben el bono extraordinario. En consecuencia, quienes cobran la jubilación máxima únicamente reciben el incremento del 1,89% correspondiente a agosto.
Calendario para jubilados que superan la mínima
ANSES estableció las siguientes fechas para el pago de jubilaciones y pensiones que superan el haber mínimo:
- DNI terminados en 0 y 1: 25 de agosto.
- DNI terminados en 2 y 3: 26 de agosto.
- DNI terminados en 4 y 5: 27 de agosto.
- DNI terminados en 6 y 7: 28 de agosto.
- DNI terminados en 8 y 9: 31 de agosto.






