Los jubilados y pensionados de Anses comenzarán a percibir la segunda cuota del aguinaldo el 9 de diciembre de 2026. El pago se acreditará junto con los haberes mensuales y el calendario estará organizado según la terminación del DNI y el grupo de ingresos previsionales.
Por otra parte, el Gobierno presentó el Presupuesto 2027, que contempla previsiones vinculadas al refuerzo para jubilados y al bono extraordinario. Las condiciones y los montos definitivos deberán confirmarse mediante los anuncios oficiales correspondientes.
Qué dice la resolución de Anses sobre el aguinaldo de diciembre
La Resolución 349/2025 es señalada como la norma que establece el cronograma de pagos previsionales para diciembre de 2026. Según el calendario citado, las fechas contemplan la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC) y distribuyen las acreditaciones durante el mes, antes de las fiestas de Navidad.
El primer grupo en cobrar será el de los jubilados que perciben haberes dentro del primer intervalo y tienen el DNI terminado en 0, cuya fecha indicada es el miércoles 9 de diciembre.
Aguinaldo para jubilados: fechas de cobro por DNI del 0 al 9
Para los titulares incluidos en el primer grupo de haberes, el cronograma informado es el siguiente:
- DNI terminado en 0: 9 de diciembre.
- DNI terminado en 1: 10 de diciembre.
- DNI terminado en 2: 11 de diciembre.
- DNI terminado en 3: 14 de diciembre.
- DNI terminado en 4: 15 de diciembre.
- DNI terminado en 5: 15 de diciembre.
- DNI terminado en 6: 15 de diciembre.
- DNI terminado en 7: 16 de diciembre.
- DNI terminado en 8: 16 de diciembre.
- DNI terminado en 9: 16 de diciembre.
En el caso de los jubilados que superan el primer intervalo de haberes, las fechas indicadas son:
- DNI terminados en 0 y 1: 17 de diciembre.
- DNI terminados en 2 y 3: 18 de diciembre.
- DNI terminados en 4 y 5: 21 de diciembre.
- DNI terminados en 6 y 7: 22 de diciembre.
- DNI terminados en 8 y 9: 23 de diciembre.
Cuánto cobrarán de aguinaldo los jubilados en diciembre
El monto de las jubilaciones de diciembre dependerá del aumento que corresponda según la movilidad previsional. Para calcularlo, se tendrá en cuenta el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de octubre, cuya publicación está prevista para el 12 de noviembre.
El aguinaldo equivale al 50% de la mayor remuneración mensual devengada durante el semestre, según las reglas aplicables a cada prestación. En el caso de los jubilados, su cálculo se realiza sobre el haber previsional correspondiente.
A modo de estimación, las cifras incluidas en el cálculo original son las siguientes:
| Concepto | Monto aproximado |
|---|---|
| Jubilación de diciembre | $453.043 |
| Medio aguinaldo | $226.521 |
| Bono extraordinario, si continúa | $70.000 |
| Total estimado | $749.564 |
El total es orientativo y depende de que se confirmen los importes previstos y la continuidad del bono extraordinario de $70.000.







